Términos y condiciones KLEEMANN GmbH

KLEEMANN GmbH Condiciones generales de entrega y venta

1. Ámbito de aplicación

1.1 Todas las ofertas, ventas, entregas y servicios de Kleemann GmbH se llevarán a cabo exclusivamente sobre la base de las presentes Condiciones de entrega y venta. No se reconocerán condiciones del Cliente que contravengan o difieran de estas, incluso si el Proveedor realiza la entrega al Cliente de forma incondicional con conocimiento de condiciones de un Cliente que son contradictorias o divergentes. Las desviaciones de estas Condiciones de venta y entrega solo son efectivas si el Proveedor las confirma por escrito.

1.2 Estas Condiciones de venta y entrega también se aplican a todas las transacciones futuras del mismo tipo con el mismo Cliente sin que se requiera ningún acuerdo especial adicional.

1.3 Las entregas que implican montaje in situ también estarán sujetas, además, a las Condiciones especiales para montajes de los Supervisores del Proveedor.

2. Oferta y conclusión del contrato

2.1 A menos que se indique expresamente lo contrario, las ofertas del Proveedor son siempre sin compromiso y los presupuestos no son vinculantes. A menos que se acuerde lo contrario, los conceptos para la construcción de instalaciones, las ofertas iniciales y los presupuestos se proporcionan de forma gratuita. El Proveedor se reserva el derecho de cobrar una remuneración apropiada por conceptos, ofertas o presupuestos adicionales, así como por los trabajos de diseño en caso de que no se celebre un contrato de suministro.

2.2 Un contrato para un pedido de entrega solo se concluye mediante la confirmación por escrito del Proveedor. Los cambios, adiciones o acuerdos adicionales también requieren la confirmación por escrito del Proveedor.

2.3 A menos que se hayan designado expresamente como vinculantes, los documentos pertenecientes a la oferta, incluyendo, a título enunciativo, pero no limitativo, ilustraciones, dibujos o especificaciones de peso y dimensiones y los conceptos elaborados son solo aproximados.

2.4 El Proveedor se reserva todos los derechos de propiedad y derechos de autor de ilustraciones, dibujos, conceptos, presupuestos, cálculos y otros documentos. Estos no se pueden poner a disposición de terceros sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor y deben devolverse inmediatamente al Proveedor a petición de este:

(i) si un Pedido no se materializa, o
(ii) una vez que se haya completado.

3. Precio de Compra y Pago

3.1 Salvo pacto en contrario, los precios del Proveedor se considerarán sin embalaje y descargados «en fábrica» y correrán a cargo del Cliente los costes adicionales, en particular de instalación y puesta en marcha, así como de obtención de autorizaciones oficiales especiales y de cumplimiento de los requisitos normativos.

Se añadirá además el impuesto sobre el valor añadido legalmente aplicable.

3.2 A menos que se acuerde lo contrario, los pagos se efectuarán en su totalidad, sin cargo alguno para el Proveedor, y tal como se indica a continuación:

Instalaciones: Según el plan de pago acordado por separado.

Componentes de la instalación: Antes de la entrega, neto.
Máquinas: Antes de la entrega, neto.
Recambios: Antes de la entrega, neto.
Otros: Dentro de los 14 días posteriores a la fecha de la factura, neto.

3.3 Únicamente se aceptarán letras de cambio o cheques por razones de cumplimiento. Todos los gastos de descuento y facturación correrán a cargo del Cliente.

3.4 Para pagos mediante carta de crédito, se aplicará el reglamento de la ICC sobre «Reglas y usos uniformes para créditos documentarios» (Uniform Customs and Practice for Documentary Credits) en su versión actual.

3.5 El Cliente no tiene derecho a compensación, retención o reducción a menos que el Proveedor no dispute sus contrademandas o estas sean legalmente vinculantes. Lo mismo se aplicará en caso de afirmación de reclamaciones de responsabilidad por defectos.

3.6 Si el Cliente se retrasa en el pago, el Proveedor tendrá derecho a exigir intereses de demora. El tipo de interés de demora para el año será de ocho (8) puntos porcentuales por encima del tipo básico. El tipo de interés básico cambia el 1 de enero y el 1 de julio de cada año en los puntos porcentuales en que el tipo de referencia ha aumentado o disminuido desde la última modificación del tipo de interés básico. El tipo de referencia será el tipo de interés aplicado a la operación principal de refinanciación más reciente del Banco Central Europeo antes del primer día natural del semestre de que se trate. El Proveedor podrá hacer valer un daño mayor por incumplimiento si presenta pruebas al respecto. No obstante, el Cliente tendrá derecho a probar que, como consecuencia del impago, se ha producido un daño menor.

3.7 Todas las reclamaciones aplazadas vencerán y serán pagaderas inmediatamente si el Proveedor tiene conocimiento de circunstancias que pongan en duda la solvencia del Cliente. Además, el Proveedor también podrá exigir el pago por adelantado o la constitución de una garantía.

4. Entrega

4.1 Las fechas (preparación para la entrega, entrega, inicio del montaje, puesta en marcha y disponibilidad operativa, etc.) o fechas límite basadas en estas se acuerdan por separado. El inicio y el cumplimiento de los plazos acordados estarán supeditados al cumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones de cooperación, en particular la recepción a tiempo de todos los materiales, documentos, aprobaciones, autorizaciones y pruebas que deba aportar el Comprador, el cumplimiento de las condiciones de pago acordadas, en particular el cumplimiento de los pagos acordados (3.2) o la apertura de una carta de crédito (3.4). Si estos requisitos previos no se cumplen de manera puntual y oportuna, los plazos se extenderán de forma razonable, al menos por el equivalente al período de retraso. Esto no se aplica si el Proveedor es el único responsable del retraso.

4.2 El cumplimiento de cualquier plazo está sujeto a que el propio Proveedor reciba la entrega de manera correcta y puntual.

4.3 Salvo que se acuerde lo contrario, cada entrega se efecturá «en fábrica»o se considerará que la fabricación de una instalación ha tenido lugar en el momento en que esta esté lista para funcionar. En la relación interna con el Proveedor, el Cliente asumirá las obligaciones del Proveedor en virtud del Decreto de envases (Verpackungsverordnung) e indemnizará al Proveedor en este sentido.

4.4 Se considera que se ha cumplido el plazo de entrega si el artículo que debe suministrarse ha salido de la fábrica del Proveedor antes de su vencimiento o si el Proveedor ha notificado que está listo para la entrega. En la construcción de instalaciones, el aviso de disponibilidad para la entrega se sustituye por el aviso de disponibilidad operativa. En lo que respecta a la aceptación, será determinante la fecha de aceptación —salvo en el caso de una denegación justificada de la aceptación—, y alternativamente, la notificación de que está listo para la entrega o, en el caso de la construcción de la planta, la notificación de disponibilidad operativa.

4.5 El Proveedor puede hacer en cualquier momento entregas y prestar servicios parciales.

4.6 No se considerarán demoras los retrasos debidos a causas de fuerza mayor y a acontecimientos que dificulten considerablemente o imposibiliten la entrega por parte del proveedor, como, por ejemplo, guerras, atentados terroristas, brotes extensos de enfermedades pandémicas, epidemias y pandemias (por ejemplo, Ébola, sarampión, SRAS, MERS, Covid 19 u otras enfermedades virales graves similares, como cólera, etc.). Los anteriores, junto con el posible establecimiento de zonas prohibidas, restricciones a la importación y exportación, huelga, cierre patronal u órdenes oficiales (en lo sucesivo denominados casos de fuerza mayor), aunque afecten a los proveedores o subproveedores del Proveedor, amplían los plazos de entrega acordados por la duración del retraso en la entrega o el cumplimiento más un período razonable de puesta en marcha. Si, en casos de fuerza mayor, la entrega se efectúa de todos modos y ello conlleva gastos adicionales, como aumento de los gastos de flete o de los gastos de almacenamiento debido a medidas de seguridad especiales, escasez de medios de transporte o interrupción de una entrega ya iniciada, estos gastos correrán a cargo del Comprador. El Proveedor informará al Comprador, en la medida de lo posible, del comienzo, el final y la duración probable de las circunstancias mencionadas.

4.7 El Proveedor no incurrirá en mora si, de conformidad con las fechas de entrega contractuales, proporciona al Cliente un artículo sustitutivo para el período que transcurra hasta que tenga lugar la entrega del artículo real, siempre que este cumpla los requisitos técnicos y funcionales del Cliente en todos los aspectos materiales y si el Proveedor asume todos los costes en que se haya incurrido para el suministro del artículo sustitutivo.

4.8 En caso de incumplimiento por parte del Proveedor, el Cliente le concederá al Proveedor un periodo de gracia razonable para la ejecución del contrato.

4.9 Si incluso después de un período de gracia razonable el Proveedor permanece en mora y el Cliente sufre daños como consecuencia de ello, el Proveedor tendrá derecho a exigir una suma global como compensación por incumplimiento del pago. Dicha compensación será del 0,5 % por cada semana completa de retraso en total, aunque con un máximo del 5 % (3 % en la construcción de instalaciones) del valor de la parte de la prestación total basada en el valor neto de entrega en fábrica, sin costes de transporte, montaje u otros costes adicionales por no poderse utilizar a tiempo o de conformidad con el contrato como consecuencia del retraso. Se excluye cualquier otro derecho a indemnización por daños y perjuicios basada en el incumplimiento.

Si, teniendo en cuenta las excepciones legales, el Cliente otorga dos veces al Proveedor que incumple un plazo razonable para el cumplimiento y no se cumple el último plazo otorgado, el Cliente tendrá derecho a rescindir el contrato en el marco de las disposiciones legales.

5. Transferencia de riesgo, transporte, demora en la aceptación, disponibilidad operativa

5.1 El riesgo se transfiere al Cliente cuando el objeto de la entrega se ha puesto a disposición para su recogida o en lo que respecta a la construcción de instalaciones, el Proveedor ha indicado que están listas para funcionar (ver el artículo 4.3), incluso si se realizan entregas parciales o si el Proveedor también ha asumido otros servicios, por ejemplo, los gastos de envío o la entrega e instalación. En la medida en que sea necesaria la aceptación, esta será decisiva para la transferencia del riesgo, que tendrá lugar inmediatamente en la fecha de aceptación o, alternativamente, después de la notificación por parte del Proveedor sobre la disponibilidad para la aceptación. El Cliente no podrá rechazar la aceptación en caso de un defecto menor. Si el Cliente no declara la aceptación, aunque no existan defectos o solo exista un defecto menor, se considerará que el objeto de la entrega ha sido aceptado una vez transcurrido un plazo de un mes a partir de la declaración de disponibilidad para la aceptación y, a más tardar, seis meses después de su salida de la fábrica del Proveedor. En caso de entrega y montaje de una instalación, la notificación de la disponibilidad operativa sustituirá a la aceptación.

5.2 Si el envío se retrasa o no se lleva a cabo por circunstancias ajenas al control del Proveedor, el riesgo pasará al Cliente a partir de la fecha de notificación de disponibilidad para la entrega o aceptación o de disponibilidad operativa.

5.3 Salvo que se acuerde lo contrario, el transporte de los artículos a entregar correrá por cuenta y riesgo del Cliente.

5.4 El Proveedor asegurará el envío contra los riesgos de transporte a petición y por cuenta del Cliente.

5.5 Si el Cliente se retrasa en la aceptación o incumple otros deberes de cooperación, el Proveedor tendrá derecho a reclamar una indemnización por los daños sufridos, incluidos los gastos adicionales, en particular los costes derivados de la aceptación tardía de la entrega o del retraso en el inicio del montaje y la puesta en servicio, así como de la demora en la puesta en funcionamiento.

5.6 Si se utilizan términos comerciales como FOB, CFR, CIF, etc., estos deben interpretarse de acuerdo con los respectivos Incoterms de la CCI vigentes en ese momento.

6. Retención de la titularidad y otras garantías

6.1 El Proveedor retiene la titularidad del artículo objeto de la entrega hasta que se hayan resuelto todas las reclamaciones del Proveedor contra el Cliente derivadas de la relación comercial, incluidas las reclamaciones que surjan en el futuro, también de contratos simultáneos o celebrados posteriormente. Esto también se aplica si se han tenido en cuenta las reclamaciones individuales o conjuntas del Proveedor en una factura corriente y se ha establecido y reconocido el saldo. En caso de incumplimiento del contrato por parte del Cliente, especialmente en caso de retraso en el pago, el Proveedor tendrá derecho, tras hacer un recordatorio, a recuperar el objeto de la entrega con una declaración simultánea de desistimiento, y el Cliente estará obligado a devolverlo.

6.2 El Cliente tendrá derecho a disponer de los objetos de la entrega en el curso normal de su negocio siempre y cuando se cumplan las condiciones para garantizar las reclamaciones del Proveedor contra el Cliente, tal y como se establece en los apartados 6.3, 6.4 y 6.5. El incumplimiento de la obligación contenida en la frase anterior dará derecho al Proveedor a poner fin inmediatamente a toda relación comercial con el Cliente.

6.3 El Proveedor y el Cliente acuerdan que, una vez celebrado un contrato de entrega, todas las reclamaciones del Cliente derivadas de la futura reventa o arrendamiento de la entrega a un tercero o por cualquier otro motivo legal (seguro, agravio, etc.) pasarán al Proveedor con el fin de garantizar todas las reclamaciones del Proveedor derivadas de la relación comercial con el Cliente. En este sentido, el Cliente cede al Proveedor todas las reclamaciones, incluidos los derechos accesorios que le corresponden, resultantes de la reventa, del alquiler de la entrega o de la explotación completa de la instalación. El Proveedor acepta en este momento la cesión. No obstante, el Cliente seguirá teniendo derecho a cobrar las deudas cedidas hasta que el Proveedor solicite que se divulgue la cesión. Al Cliente no le está permitido volver a ceder las reclamaciones ya cedidas al Proveedor. El Cliente está obligado a transferir al Proveedor la titularidad o cualquier otro derecho sobre objetos, piezas o componentes de máquinas y máquinas usadas de cualquier tipo que el Cliente haya aceptado en lugar de pago en el marco de la reventa en el mismo momento en que el Cliente adquiera la titularidad de la propiedad u otros derechos sobre esta. El Cliente guardará gratuitamente los artículos mencionados, los tratará con cuidado y los asegurará adecuadamente (véase 6.7) para el Proveedor.

6.4 Si las garantías a las que se hace referencia en los apartados 6.1, 6.2 y 6.3 no están reconocidas en el ordenamiento jurídico del país en el que se encuentran los objetos de la entrega, o si no son plenamente ejecutables, el Cliente se compromete a cooperar en todas las medidas necesarias (en particular, en relación con las obligaciones de registro o notificación, etc.) en especial para proporcionar las declaraciones necesarias de modo que las garantías se puedan entregar de conformidad con el ordenamiento jurídico correspondiente. El Proveedor tiene derecho a retener los objetos de la entrega o a interrumpir los trabajos de montaje y puesta en marcha hasta que se hayan aportado las garantías necesarias de forma legalmente válida. Si la constitución de garantías no se puede ejecutar localmente teniendo en cuenta los requisitos legales o por otros motivos, el Cliente se compromete aquí a ofrecer al Proveedor garantías equivalentes. El Cliente está obligado a informar al Proveedor sobre los requisitos formales o legales que entren en conflicto con la prestación de la garantía de conformidad con los apartados 6.1, 6.2 y 6.3, sin necesidad de que se le solicite y sin demora indebida en el momento de la celebración del contrato o con posterioridad.

6.5 El procesamiento o transformación de la mercancía retenida por el Cliente se llevará a cabo siempre en nombre del Proveedor. Si la mercancía retenida se procesa con otros objetos que no pertenecen al Proveedor, este adquirirá la cotitularidad del nuevo objeto en la proporción del valor de la mercancía retenida con respecto a los otros objetos procesados en el momento de su procesamiento.

Si el Cliente combina o mezcla de manera inseparable mercancía con otros objetos móviles para formar un objeto uniforme, y si el otro objeto se considera como el objeto principal, el Cliente cederá al Proveedor la cotitularidad proporcional en la medida en que el objeto principal le pertenezca.

El Cliente conservará la titularidad o la cotitularidad en custodia para el Proveedor sin cargo alguno. Por lo demás, se aplicará lo mismo al objeto resultante del tratamiento o de la transformación que a la mercancía retenida.

6.6 Si el valor de las garantías concedidas de acuerdo con los apartados 6.1 a 6.5 supera en más de un 10 % las pretensiones del Proveedor en virtud de la relación comercial con el Cliente, el Proveedor liberará a su discreción, a petición del Cliente, las garantías que excedan de este importe.

6.7 En caso de que:

  • el objeto de la entrega no haya pasado a ser titularidad por completo del Cliente debido a la retención;
  • el objeto de la entrega se pague en parte o en su totalidad solo después de la entrega o, en la construcción de instalaciones, tras la aceptación (por ejemplo, pago a plazos, aplazamiento de pago, prórroga del plazo de pago acordada por adelantado o posteriormente, etc.) debido a un acuerdo independiente que se aparta del punto 3.2;
  • el objeto de la entrega (p. ej., entrega «a prueba», «para inspección» o similar) o un dispositivo de sustitución (por ejemplo, «como medida provisional» o similar) ya se ha puesto a disposición del Cliente a cambio de un pago (p. ej., «en alquiler» o similar) o se le ha proporcionado gratuitamente antes de la celebración de un contrato de compraventa o por otros motivos;

el Cliente se compromete a contratar un nuevo seguro en fábrica a valor de reposición, incluidos todos los costes accesorios, contra todos los riesgos, incluidos los de incendio, daños naturales, vandalismo, robo, transporte, manipulación inadecuada, errores de manejo, accidentes, etc. y, según el caso particular, a mantener dicho seguro hasta la transferencia completa de la titularidad, hasta el pago completo, hasta el momento de la devolución del objeto de la entrega o hasta la recepción final del objeto de reposición por parte del Proveedor o del Cliente, respectivamente (seguro de la máquina). Además, el Cliente se compromete a asegurar el riesgo operacional del objeto entregado durante el mismo período a su propio cargo (seguro de responsabilidad civil). El Cliente se compromete a proporcionar al Proveedor la prueba correspondiente antes de la entrega del objeto de la entrega, es decir, tras la entrega en fábrica (apartado 4.3). El Proveedor tendrá derecho a rechazar la entrega de la mercancía hasta que se presente la prueba correspondiente. Además, el Proveedor también tiene derecho a asegurar él mismo el objeto de la entrega y a cargar los costes al Cliente. El Cliente cede al Proveedor sus derechos y reclamaciones presentes y futuros contra su aseguradora en el marco de la relación de seguro y el Proveedor acepta en este momento la cesión. Los derechos se extinguen en el momento en que la mercancía pasa a ser finalmente propiedad del Cliente y el precio de compra se ha pagado en su totalidad.

6.8 En caso de embargo, confiscación u otro tipo de acceso por parte de terceros a objetos o derechos sobre los que el Proveedor tenga derechos de garantía, el Cliente lo notificará sin demora al Proveedor y le prestará apoyo en la persecución de sus derechos. Los costes de cualquier intervención judicial o extrajudicial correrán a cargo del Cliente, siempre que no pueda obtenerse su reembolso de un tercero.

6.9 La solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia contra los bienes del Cliente dará derecho al Proveedor a rescindir el contrato con efecto inmediato y a exigir la devolución inmediata del objeto de la entrega.

6.10 Los apartados 6.1. 6.3 y 6.9 se aplicarán mutatis mutandis a todos los artículos, piezas de máquinas o componentes aceptados como pago por el Cliente de acuerdo con el apartado 6.3, así como a las máquinas usadas de cualquier tipo.

7. Responsabilidad por defectos

7.1 En caso de existir un defecto material dentro del plazo de prescripción, cuya causa ya existía en el momento de la transferencia del riesgo, el Proveedor podrá, a su discreción, o bien subsanar el defecto o bien entregar un artículo sin defectos como cumplimiento posterior. El defecto se subsanará mediante la sustitución o la reparación del objeto defectuoso en la sede del Proveedor, a menos que las Partes acuerden lo contrario de forma expresa o tácita (por ejemplo, mediante una actuación in situ sin oposición). Las piezas sustituidas pasan a ser propiedad del Proveedor; las disposiciones del apartado 6 se aplican de forma análoga.

7.2 Toda reclamación de responsabilidad por defectos por parte del Cliente requiere que este inspeccione los objetos de la entrega sin demoras indebidas, a más tardar en el plazo de una semana a partir de la entrega, y que notifique al Proveedor por escrito y sin demoras indebidas en caso de que se descubra algún defecto. Los defectos que no puedan detectarse dentro de este plazo, incluso después de una cuidadosa inspección, deberán notificarse por escrito al Proveedor inmediatamente después de que se detecten. La entrega en el sentido de la frase 1 de esta disposición se da en el momento en el que el Cliente adquiere el control real sobre el objeto de la entrega o podría haberlo obtenido sin que haya ocurrido algo por culpa del Cliente.

7.3 Las modificaciones en la construcción o el diseño realizadas por el Proveedor antes de la entrega de un objeto pedido en el marco de una modificación general de la construcción o de la producción no se considerarán un defecto en el objeto suministrado, a menos que den lugar a que el objeto suministrado quede inutilizable para el fin previsto por el Cliente.

7.4 Si la subsanación de los defectos no se lleva a cabo, el Cliente dará al Proveedor un plazo de gracia razonable para la subsanación o sustitución de los defectos. Si la mejora posterior vuelve a fallar, el Cliente podrá exigir una reducción del precio de compra por el importe en el que se reduzca el valor del objeto de la entrega debido al defecto, o podrá, a su discreción, rescindir el contrato. Si solo hay un defecto menor, el Cliente únicamente tendrá derecho a reducir el precio del contrato.

7.5 El Cliente deberá conceder al Proveedor o a cualquier tercero encargado por el Proveedor el tiempo y la oportunidad necesarios para la realización de los trabajos en virtud de su responsabilidad por defectos (mejora o sustitución posterior), previa consulta. En la medida en que el Proveedor esté obligado a eliminar un defecto, el Cliente solo podrá eliminarlo por sí mismo, o hacer que un tercero lo elimine, si ello es necesario para evitar peligros inminentes para la seguridad operativa o para evitar daños desproporcionados y si el Cliente ha obtenido el consentimiento previo del Proveedor.

7.6 La garantía del Proveedor no se extiende a los costes derivados de la eliminación del defecto.

En la medida en que un defecto haya sido causado por una pieza que el Proveedor haya adquirido de un tercero como proveedor para sus productos, el Proveedor cede al Cliente sus derechos en lo que respecta a la entrega de la pieza adquirida o de los correspondientes contratos de servicios de un tercero. La responsabilidad por defectos está limitada en ese sentido. Si el Cliente no obtiene una compensación adecuada en virtud del derecho cedido, el Proveedor responderá subsidiariamente hasta la expiración del período de garantía de acuerdo con las disposiciones de estas Condiciones Generales de Contrato.

7.7 Los defectos no se clasifican como materiales en caso de:

  • desgaste natural;
  • uso indebido o inapropiado;
  • montaje incorrecto, trabajos de construcción o puesta en servicio defectuosos por parte del Cliente o de terceros;
  • tratamiento inadecuado, defectuoso o negligente;
  • almacenamiento inadecuado, colocación o área de construcción inadecuada;
  • inobservancia de las instrucciones operativas correspondientes;
  • uso de equipos inadecuados;
  • uso de materiales y piezas de repuesto inadecuados;
  • influencias químicas, electroquímicas, electromagnéticas, eléctricas o comparables;
  • modificaciones al objeto de la entrega por parte del Cliente (o de un tercero al que este se lo haya encargado), a menos que no exista una relación causal entre el defecto de calidad y la modificación;
  • instalación de componentes, piezas de repuesto, piezas de desgaste u otras piezas y lubricantes no suministrados por el fabricante (los llamados productos OEM), a menos que no exista una relación causal entre el defecto de calidad y la pieza instalada;
  • la falta de mantenimiento o un mantenimiento inadecuado por parte del Cliente o de terceros, a menos que hayan sido autorizados por el fabricante para el mantenimiento de las máquinas o de instalación.

7.8 En la medida en que el software esté incluido en el volumen de suministro, la responsabilidad por defectos no incluye la subsanación de errores y fallos del software causados por un uso inadecuado, errores operativos, desgaste natural, entorno del sistema inadecuado, uso de condiciones de uso distintas a las que se enumeran en las especificaciones y mantenimiento inadecuado.

7.9 El Cliente nos notificará sin demora sobre cualquier defecto en el software, por escrito y de forma comprensible y detallada, indicando toda la información relevante para la identificación y análisis de los defectos. En particular, es necesario indicar la manifestación y las consecuencias del defecto de software.

7.10 Las reclamaciones por defectos materiales y defectos de título prescribiren tras 12 meses. El plazo de prescripción comienza con la transmisión del riesgo según el apartado 5.1.

7.11 Las disposiciones de este apartado 7 regulan de forma concluyente la responsabilidad por defectos de los artículos suministrados por el Proveedor. Cualquier otra reclamación del Cliente, en particular por daños que no se hayan producido en el propio objeto de la entrega, se regirá exclusivamente por el apartado 8.

7.12 Con respecto a las máquinas usadas, se excluye expresamente cualquier responsabilidad por defectos materiales.

8. Responsabilidad

8.1 El Proveedor será responsable en caso de conducta dolosa y negligencia grave, por lesiones corporales, a la vida y a la salud, por defectos no revelados fraudulentamente por él o por defectos para los que haya dado una garantía de calidad. El Proveedor será responsable de forma ilimitada dentro del ámbito de la responsabilidad por productos defectuosos, así como sobre la base de otras disposiciones legales obligatorias.

En caso de incumplimiento culposo de obligaciones contractuales importantes, el Proveedor también será responsable en caso de negligencia simple, aunque la responsabilidad se limita al 10 % del valor del pedido respectivo. Si esta limitación no es admisible por motivos legales, la responsabilidad en caso de negligencia simple se limitará a los daños típicos del contrato y razonablemente previsibles en el momento de la celebración del contrato. Las obligaciones contractuales esenciales en este sentido se refieren tanto a obligaciones esenciales descritas específicamente cuya violación pone en peligro la consecución del objeto del contrato como, de forma abstracta, a las obligaciones que constituyen condiciones sine qua non para la correcta ejecución del contrato en primer lugar y en cuyo cumplimiento el Cliente puede confiar regularmente.

8.2 Se advierte al Cliente que es necesario realizar una copia de seguridad de los datos antes de la instalación y de forma continuada durante el uso de un software. En caso de pérdida de datos, el Proveedor únicamente será responsable de los gastos y esfuerzos necesarios para la restauración de los datos con una copia de seguridad adecuada por parte del Cliente.

8.3 Queda excluida cualquier otra responsabilidad por daños y perjuicios, en particular por pérdidas económicas. Queda excluida toda responsabilidad por daños consecuentes, en particular por lucro cesante.

8.4 Las limitaciones de responsabilidad anteriores se aplicarán también en cuanto a la razón y el importe en caso de reclamaciones por daños y perjuicios del Cliente contra los representantes legales, empleados o auxiliares ejecutivos del Proveedor.

8.5 Las limitaciones de responsabilidad anteriores se aplicarán también, en términos de razón e importe, al incumplimiento de las obligaciones contractuales accesorias, en particular al incumplimiento de las obligaciones de información y asesoramiento antes y después de la terminación del contrato.

9. Derechos sobre el software / protección de datos

9.1 En la medida en que el software esté incluido en el volumen de suministro, se concede al Cliente el derecho no exclusivo de utilizar el software suministrado, incluida su documentación, para su uso en el objeto de la entrega correspondiente. Está prohibido el uso del software en más de un sistema.

9.2 El Cliente no podrá copiar, revisar, traducir el software ni convertir el código objeto en el código fuente, excepto en los casos en que estas medidas se concedan excepcionalmente de forma contractual o estén permitidas por la ley. El Cliente se compromete a no retirar o modificar los datos del fabricante, en particular los avisos de derechos de autor, ni a modificarlos sin el consentimiento previo y expreso del Proveedor.

9.3 Todos los demás derechos sobre el software y la documentación, incluidas las copias, permanecerán en poder del Proveedor o del proveedor del software. Queda prohibida la concesión de sublicencias o la cesión a terceros de cualquier otra forma.

9.4 Si el Cliente utiliza el software de forma inadecuada, el Proveedor no se hace responsable del software ya instalado o que se instale en el futuro (incluso como actualización). Se da una manipulación o uso indebidos, en particular, si el Cliente o un tercero:

  • borra, modifica o influye de cualquier otra manera en los parámetros del objeto de la entrega sin el consentimiento por escrito del Proveedor, de modo que la funcionalidad de la máquina pueda verse afectada;
  • instala un software (incluso como actualización o mejora) que no esté autorizado por el Proveedor para el tipo de máquina o de instalación respectivo que el Cliente adquiere o ha adquirido;
  • instala un software (incluso como actualización o mejora) sin dejar la máquina completamente fuera de servicio durante todo el proceso de instalación, actualización o mejora, sin observar la máquina y controlar continuamente su comportamiento y sin mantener a las personas a distancia. Las medidas de seguridad deben observarse.

9.5 Además, se aplicarán las limitaciones de responsabilidad de los apartados 7 y 8. En el caso de un software que solo se cede durante un período de tiempo limitado, la responsabilidad de conformidad con el apartado 7 se limitará a la subsanación de defectos durante la vigencia de la cesión. Si falla la subsanación, el Cliente tendrá derecho a rescindir el contrato por causa justificada si el software se suministra durante un período de tiempo limitado y si se ha cobrado una tarifa de alquiler separada por el software, y, en caso de que el defecto afecte a la idoneidad del software o del producto, no solo de forma poco importante, tendrá derecho a reducir la tarifa acordada.

9.6 En la medida en que el Cliente haya adquirido un determinado software en el marco de la compra de una máquina, una instalación o componente o por separado (por ejemplo, en el marco de un sistema de gestión de flotas basado en la web, como WITOS, etc.), el suministro dependerá de la tecnología de red disponible, así como de las condiciones técnicas y geográficas del lugar de uso. El Proveedor no asume ninguna garantía ni responsabilidad por las interrupciones causadas por el proveedor de la red (por ejemplo, el mantenimiento necesario para el correcto funcionamiento de la red), otras restricciones de los servicios de telecomunicaciones o incluso el cierre de una tecnología de red obsoleta (por ejemplo, G2). En caso de duda, los apartados 7.6 y 8.3 se aplicarán en consecuencia. En caso de que los datos de la máquina (p. ej. sobre operaciones en curso, tiempos de espera, etc.) se almacenen y transmitan al Proveedor, este tendrá derecho a analizar, procesar y utilizar dichos datos sin restricciones y sin cargo alguno para fines internos, siempre y cuando el Cliente no se oponga expresamente a ello. Cualquier divulgación a terceros, por ejemplo, para fines de referencia y comparación, se permitirá si se hace de forma anónima, o si el Cliente, previa solicitud, consiente expresamente a la divulgación.

9.7 En el caso de que se almacenen datos personales durante una instalación, actualización o mejora, se aplicará lo siguiente:

El Proveedor declara el cumplimiento de las disposiciones legales de protección de datos. En particular, en la medida en que sea necesario para la instalación del software, los datos personales facilitados no serán revelados a terceros, sino que se almacenarán, tratarán y utilizarán exclusivamente de forma interna en aras del cumplimiento del contrato y se eliminarán cuando ya no sean necesarios. En caso de que los plazos de conservación legales entren en conflicto con la eliminación, los datos se bloquearán en lugar de eliminarse de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.

Si la normativa legal de protección de datos así lo exige, el Cliente deberá obtener, antes de la celebración del contrato respectivo, el consentimiento necesario por escrito de la persona cuyos datos personales son necesarios antes de la ejecución del contrato respectivo.

10. Derechos de propiedad de terceros

10.1 El Proveedor será responsable de las violaciones de los derechos de terceros por su producto/servicio únicamente en la medida en que estos se utilicen de conformidad con el contrato. El Proveedor será responsable de la violación de los derechos de terceros únicamente en el lugar de utilización contractual del producto/servicio (lugar de entrega). No habrá derecho a reclamación por defectos de titularidad si se trata de una desviación insignificante del producto/servicio del Proveedor con respecto a la calidad contractual.

10.2 Si un tercero reclama al Cliente por la violación de sus derechos por parte del producto/servicio del Proveedor, el Cliente lo notificará al Proveedor sin demora injustificada. El Proveedor tiene derecho, pero no está obligado, a impugnar las reclamaciones por su propia cuenta y riesgo, en la medida de lo posible. El Cliente no tendrá derecho a reconocer las reclamaciones de terceros antes de haber dado al Proveedor una oportunidad razonable para defenderse de los derechos de terceros de cualquier otra forma.

10.3 En caso de que se hayan hecho valer tales derechos, el Proveedor podrá, a su costa, adquirir un derecho de uso o modificar el software (programas de licencia) o cambiarlo por un producto equivalente o —si el Proveedor no puede lograr ningún otro remedio a un coste y esfuerzo razonables— recuperar el producto/servicio y reembolsar el precio de compra o la tarifa pagada por el Cliente, con la deducción de una compensación razonable por su uso. Se tendrán debidamente en cuenta los intereses del Cliente.

10.4 En caso de reclamaciones por daños y perjuicios y reembolso de gastos, se aplicará adicionalmente el apartado 8.

11. Controles de exportación

11.1 Cualquier entrega en virtud de este contrato está sujeta a la condición de que no haya obstáculos para el cumplimiento debido a ninguna regulación nacional o internacional de control de exportaciones, por ejemplo, embargos u otras sanciones. El Cliente se compromete a facilitar toda la información y documentación necesaria para la exportación o el envío. Los retrasos debidos a las inspecciones de exportación o a los procedimientos de aprobación invalidarán los plazos y los plazos de entrega. Si no se conceden los permisos necesarios o si la entrega y el servicio no pueden aprobarse, se considerará que el contrato no se ha celebrado con respecto a las partes afectadas.

11.2 El Proveedor tiene derecho a rescindir el contrato sin previo aviso si la rescisión por parte del Proveedor es necesaria para el cumplimiento de las disposiciones legales nacionales o internacionales.

11.3 En caso de rescisión de conformidad con la cláusula 11.2, se excluirá la reclamación de cualquier indemnización por daños y perjuicios o la reclamación de otros derechos por parte del Cliente a causa de la rescisión.

11.4 El Cliente deberá cumplir con las disposiciones aplicables de la legislación nacional e internacional en materia de control de exportaciones en el momento de la transmisión de la mercancía suministrada por el Proveedor a terceros, tanto en el territorio nacional como en el extranjero.

12. Ley aplicable, fuero competente, cláusula de separabilidad

12.1 La relación contractual entre el Proveedor y el Cliente se regirá exclusivamente por la legislación del país en el que el Proveedor tenga su domicilio social. Se excluyen las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

12.2 El fuero competente para todos los litigios derivados de la relación contractual entre el Proveedor y el Cliente, incluidas las reclamaciones derivadas de letras de cambio o cheques, será el tribunal competente del lugar principal de actividad del Proveedor. Sin embargo, el Proveedor también tendrá derecho, a su discreción, a emprender acciones legales contra el Cliente en el lugar de jurisdicción general de este último.

12.3 Únicamente el texto alemán de estas Condiciones Generales de Venta y Suministro será legalmente vinculante para la relación contractual.

12.4 En caso de que una o varias disposiciones o partes de cualquier disposición de estas Condiciones Generales de Venta y Suministro sean o lleguen a ser inválidas por cualquier motivo, ello no afectará a la validez de las disposiciones restantes. El Cliente y el Proveedor se comprometen a sustituir las disposiciones inválidas o parciales por disposiciones que sean legalmente admisibles y que, en términos económicos, se correspondan más estrechamente con la disposición original. Esto se aplica de forma análoga en caso de que se produzca un vacío involuntario.

Julio 2020

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Condiciones generales de entrega y venta

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Condiciones generales de compra

I. Condiciones generales aplicables

Los contratos entre la empresa KLEEMANN GmbH (cliente) y sus proveedores solo se celebrarán sobre la base de las siguientes condiciones generales de KLEEMANN GmbH. Todos los acuerdos, cambios y acuerdos subsidiarios solo tendrán validez si se establecen por escrito. A partir de este momento, se contradice expresamente cualquier referencia posible del proveedor a sus propios Términos y condiciones generales. Nuestras condiciones de compra también se aplican si aceptamos o pagamos por las entregas de productos y servicios del proveedor a sabiendas de que los términos y condiciones del proveedor contradicen o se desvían de nuestras condiciones de compra. Nuestras condiciones de compra se aplicarán también a todos los suministros y servicios futuros del proveedor hasta la validez de nuestras nuevas condiciones de compra.

II. Pedido

1. Los contratos de suministro (pedidos y aceptación) y los plazos de entrega, así como sus modificaciones y complementos, deberán realizarse por escrito. Los pedidos y las órdenes de entrega también pueden realizarse por transmisión remota de datos.

2. Si el proveedor no acepta el pedido en un plazo de tres semanas a partir de su recepción, el cliente tendrá derecho a revocarlo. Las cancelaciones de entrega serán vinculantes a más tardar si el proveedor no se opone en el plazo de dos semanas a partir de la recepción.

3. El cliente podrá, dentro de los límites de lo razonable para el proveedor, exigir cambios en el diseño y la ejecución del objeto de suministro. Los efectos, en particular en lo que se refiere a los costes adicionales y reducidos, así como a las fechas de entrega, se acordarán razonablemente de mutuo acuerdo.

4. Los presupuestos u ofertas de cualquier tipo son vinculantes y no serán remunerados.

III. Pago

1. Si se aceptan entregas prematuras, la fecha de vencimiento se basará en la fecha de entrega acordada.

2. En caso de entrega defectuosa, el cliente tendrá derecho a retener el pago proporcionalmente hasta el cumplimiento debido.

3. El proveedor no tiene derecho sin el consentimiento previo por escrito del cliente, que no podrá denegarse sin motivos justificados, a asignar sus reclamaciones contra él ni a que sean recopiladas por terceros. En el caso de una reserva de propiedad ampliada, el consentimiento se considerará otorgado.

4. Los cambios de precio requieren la aprobación del cliente.

5. A menos que se acuerde lo contrario, los pagos por parte del cliente se realizarán 14 días después de la recepción de la mercancía y factura, deduciendo un 3 % o 30 días después de la recepción de la mercancía y factura en neto.

6. Si no se ha llegado a ningún acuerdo especial, los precios son DDP de acuerdo con Incoterms 2000 incluido el embalaje. El impuesto sobre el valor añadido no está incluido. El proveedor asume el riesgo material hasta la aceptación de la mercancía por nuestra parte o por nuestro representado en el lugar en el que la mercancía deba ser entregada según el pedido.

IV. Notificación de defectos

El cliente notificará de inmediato al proveedor cualquier defecto en la entrega tan pronto como se descubra durante el proceso empresarial ordinario. En este sentido, el proveedor renuncia a la objeción de que se produzca un retraso en la notificación de los defectos.

V. Confidencialidad

1. Toda la información comercial o técnica accesible por nosotros (incluidas las características que puedan consultarse de cualquier objeto, documentación o software entregado, y otros conocimientos o experiencia), siempre y cuando no sea conocida públicamente de forma demostrable, se mantendrá en secreto frente a terceros y solo podrá ponerse a disposición en la propia empresa del proveedor a personas que necesariamente deban ser consultadas para su uso con el fin de que nos sea entregada y que también estén obligadas a guardar el secreto; seguirán siendo de nuestra exclusiva propiedad. Sin nuestro consentimiento previo y por escrito, dicha información, a excepción de las entregas a nosotros, no podrá ser duplicada ni utilizada con fines comerciales. A petición nuestra, toda la información que provenga de nosotros (incluyendo copias y registros, si los hubiere) y los artículos prestados nos serán devueltos inmediatamente y en su totalidad o serán destruidos. Nos reservamos todos los derechos sobre dicha información (incluidos los derechos de autor y el derecho a registrar derechos de propiedad industrial como patentes, modelos de utilidad, etc.). En la medida en que dicha información nos haya sido facilitada por terceros, esta reserva de derechos se aplicará también a favor de estos terceros.

2. Los productos fabricados de acuerdo con los documentos diseñados por nosotros, tales como dibujos, modelos, moldes o matrices y similares, o de acuerdo con nuestra información confidencial o con nuestras herramientas o herramientas replicadas, no podrán ser utilizados por el propio proveedor ni ofrecidos o suministrados a terceros. Esto también se aplica a nuestros pedidos de impresión.

3. Los subproveedores se deberán comprometer correspondientemente.

4. Las partes contratantes solo podrán hacer publicidad de su relación comercial previa autorización por escrito.

VI. Fechas y plazos de entrega

Las fechas y plazos acordados son vinculantes. Para el cumplimiento de la fecha de entrega o del plazo de entrega es determinante la recepción de la mercancía, incluidos todos los documentos requeridos por el cliente. Si no se ha acordado una entrega «envío gratuito», el proveedor deberá proporcionar la mercancía a tiempo para el envío, teniendo en cuenta el plazo habitual.

Dado el caso, el proveedor está obligado a presentar un comprobante del envío realizado.

El cliente se reserva el derecho de devolver la mercancía entregada demasiado pronto. Los gastos adicionales derivados de ello, correrán a cargo del proveedor.

VII. Demora en la entrega

1. El proveedor está obligado a indemnizar al cliente por los daños causados por la demora.

2. El importe de la indemnización depende de la demora en la entrega. Por cada semana iniciada, los daños y perjuicios ascenderán al 1 % del valor del pedido, a menos que se acuerde otra cosa.

3. El cliente se reserva el derecho de probar daños mayores.

4. La aceptación incondicional de la entrega o servicio retrasado no constituye una renuncia a cualquier reclamación de compensación a la que tengamos derecho a causa de la entrega o servicio retrasado.

VIII. Fuerza mayor

Los casos de fuerza mayor, los conflictos laborales, los disturbios, las medidas oficiales y otros acontecimientos imprevisibles, inevitables y graves eximirán a las partes contractuales de sus obligaciones de ejecución mientras dure la perturbación y en el alcance de sus efectos. Esto también se aplicará si estos eventos ocurren en un momento en el que la parte contractual afectada se encuentra en mora. Las partes contractuales estarán obligadas a facilitar inmediatamente la información necesaria dentro de los límites de lo razonable y a adaptar sus obligaciones a las nuevas circunstancias de buena fe.

En caso necesario, el proveedor deberá probar los efectos de la fuerza mayor en el pedido.

IX. Calidad y documentación

1. El proveedor deberá cumplir para efectuar el suministro las normas técnicas reconocidas, las normas de seguridad, las normas de prevención de accidentes y de seguridad en el trabajo, las normas de medicina del trabajo, así como los datos técnicos acordados y las normas de protección del consumidor. La Declaración de conformidad CE debe adjuntarse a cada pieza en el momento de la entrega, si así lo exige la legislación aplicable (actualmente: las directivas de la CE). Por cada nuevo artículo incluido en el surtido, cada proveedor debe presentar la certificación CCC (China Compulsory Certification) una vez durante la primera entrega, si así lo exige la legislación internacional (actualmente: China National Regulatory Commission for Certification and Accreditation —CNCA—). Se deben suministrar todas las disposiciones de protección necesarias. Las modificaciones del objeto de suministro requieren el consentimiento previo por escrito del cliente.

2. Si el proveedor y el cliente no han llegado a un acuerdo firme sobre la naturaleza y el alcance de la prueba, así como sobre el equipo y los métodos de comprobación, el cliente deberá, a petición del proveedor, estar dispuesto a discutir las pruebas con él en el marco de sus conocimientos, experiencia y posibilidades con el fin de determinar el estado actual de la técnica de pruebas.

3. En el caso de la documentación técnica, el proveedor también llevará un registro especial de cuándo, de qué manera y por quién han sido inspeccionados los objetos de entrega en relación con las características que requieren documentación y qué resultados han producido las pruebas de calidad requeridas. La documentación de prueba se conservará durante diez años y se presentarán al cliente si es necesario. El proveedor debe obligar a los proveedores previos en la misma medida en el marco de las disposiciones legales.

4. Si las autoridades exigen la inspección del proceso de producción y de los documentos de inspección del cliente para verificar determinados requisitos, el proveedor se compromete, a petición del cliente, a concederle los mismos derechos sobre su explotación y a prestarle todo el apoyo razonable para ello.

5. El proveedor debe tomar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de la cadena de suministro en la producción, almacenamiento, carga y transporte. En particular, esto incluye la protección de los lugares comerciales, la protección de la mercancía contra un acceso no autorizado y el uso de personal seguro.

6. El proveedor deberá cumplir el Código de Conducta para Proveedores de John Deere, que se puede consultar en: www.deere.com/suppliercode .

X. Garantía

1. La aceptación está sujeta a un examen para determinar la ausencia de daños y, en particular, la corrección, integridad e idoneidad.

2. Se aplican las disposiciones legales sobre defectos materiales y de propiedad, a menos que se estipule lo contrario a continuación.

3. En principio, el derecho a elegir el tipo de cumplimiento posterior corresponde al cliente. El proveedor tiene derecho a rechazar el tipo de cumplimiento posterior elegido por nosotros en los requisitos del § 439 apartado 3 del Código Civil alemán (BGB).

4. Si el proveedor no empieza a subsanar el defecto inmediatamente después de nuestra petición de subsanación del defecto, tendremos derecho a hacerlo nosotros mismos o a que un tercero lo haga para evitar peligros agudos o evitar daños mayores a costa del proveedor. Las reclamaciones por defectos del material caducan 24 meses después de la puesta en servicio o instalación de las piezas de repuesto, a más tardar 30 meses después de la entrega al cliente, a menos que el artículo haya sido utilizado para una obra de acuerdo con su uso normal y haya provocado su deficiencia.

5. En caso de defectos de propiedad, el proveedor también nos exime de cualquier reclamación existente por parte de terceros. En cuanto a defectos de propiedad, se aplica un plazo de prescripción de 10 años.

6. Para las piezas suministradas reparadas dentro del plazo de prescripción de nuestros derechos de garantía, el plazo de prescripción comenzará de nuevo en el momento en que el proveedor haya satisfecho completamente nuestros derechos para el cumplimiento posterior.

7. Si una entrega defectuosa del objeto del contrato nos supone costes, en particular, gastos de transporte, viajes, mano de obra, materiales o costes de una inspección de entrada de mercancías que exceden el alcance habitual, el proveedor correrá con dichos costes.

8. Si, debido a la deficiencia del objeto contractual recuperamos productos fabricados y/o vendidos por nosotros o si, por este motivo, el precio de compra se nos reduce o si recibimos reclamaciones contra nosotros de cualquier otro modo por este motivo, nos reservamos el derecho de recurso contra el proveedor, sin que sea necesario establecer un plazo de tiempo necesario para nuestros derechos basados en los defectos.

9. Tenemos derecho a exigir al proveedor una indemnización por los gastos que tuvimos que soportar en relación con nuestro cliente, ya que este tiene derecho a reclamarnos la compensación de los gastos necesarios para el cumplimiento posterior, en particular los gastos de transporte, viaje, mano de obra, materiales y aranceles de importación y exportación.

10. Con independencia de lo dispuesto en la cláusula X. 4, el plazo de prescripción en los casos X. 8. y X. 9. comenzará como muy pronto 2 meses después del momento en que hayamos satisfecho las reclamaciones presentadas contra nosotros por nuestro cliente, pero como muy tarde 5 años después de la entrega por parte del proveedor.

11. Si en el plazo de 6 meses desde la transmisión del riesgo se manifiesta un defecto material, se presumirá que el defecto ya estaba presente en el momento de la transmisión del riesgo, a menos que sea incompatible con la naturaleza del objeto o del defecto.

12. Si se toma una muestra, se considerarán garantizadas sus características. La mercancía suministrada debe ajustarse a la muestra. A menos que el objeto de suministro haya sido fabricado especialmente, por ejemplo, a partir de dibujos, estos tienen prioridad sobre la muestra.

13. El proveedor mantendrá un sistema de aseguramiento de calidad adecuado en términos de tipo y alcance y que corresponda al estado actual de la técnica, y proporcionará pruebas de ello si así se le solicita. Se compromete a cumplir plenamente los requisitos de calidad especificados en el contrato de suministro en lo que se refiere a los objetos suministrados, los procesos de fabricación y la verificación.

14. En el caso de que se presenten reclamaciones contra el cliente por responsabilidad objetiva frente a terceros en virtud de una legislación extranjera que no pueda estipularse, el proveedor será responsable frente al cliente en la medida en que este también sea directamente responsable.

XI. Responsabilidad de producto y recuperación

1. El proveedor se compromete a contratar un seguro de responsabilidad civil comercial y de productos con una suma de cobertura suficiente, en virtud de la cual también exista una cobertura de seguro si las medidas para subsanar los defectos se refieren a las piezas, accesorios o equipos de los vehículos de motor, vehículos ferroviarios o embarcaciones, en la medida en que estos productos estuvieran manifiestamente destinados a la construcción o instalación en vehículos de motor, vehículos ferroviarios o embarcaciones en el momento de la entrega por parte del proveedor o por parte de terceros encargados por el proveedor. Si el cliente tiene derecho a otras reclamaciones por daños y perjuicios, estas no se verán afectadas.

2. En caso de que se presenten reclamaciones contra nosotros por el incumplimiento de las normas oficiales de seguridad o por normas o leyes nacionales o extranjeras de responsabilidad por productos defectuosos, el proveedor estará obligado a indemnizarnos por dichas reclamaciones en la medida en que el daño haya sido causado por un defecto en el objeto contractual suministrado por el proveedor. Sin embargo, en casos de responsabilidad por culpa, esto solo se aplicará si el proveedor es culpable. Si la causa del daño se encuentra en el ámbito de responsabilidad del proveedor, este deberá asumir la carga probatoria a este respecto. En los casos anteriores, el proveedor asumirá todos los costes y gastos, incluidos los costes de cualquier acción legal o acción de retirada, que el cliente pueda emprender tras una inspección adecuada. Esto también se aplicará si el cliente está oficialmente obligado a tal acción de retirada o si un tercero lleva a cabo la acción de retirada para el comprador. Por lo demás, se aplican las disposiciones legales.

XII. Ejecución de los trabajos

Las personas que realicen trabajos en las instalaciones de la fábrica en cumplimiento del contrato deberán observar las disposiciones del reglamento de la empresa correspondiente. Queda excluida la responsabilidad por accidentes ocurridos a estas personas en las instalaciones de la fábrica, a menos que se deban a un incumplimiento intencionado o por negligencia grave de las obligaciones por parte de nuestros representantes legales o auxiliares ejecutivos.

XIII. Suministro

Los materiales, piezas, contenedores y embalajes especiales suministrados por el cliente siguen siendo de nuestra propiedad. Estos solo pueden utilizarse para el fin para el que han sido concebidos. El procesamiento de los materiales y el montaje de las piezas se realizan para nosotros. Existe consenso en que seremos copropietarios de los productos fabricados con nuestros materiales y piezas en la proporción entre el valor del suministro y el valor de la totalidad del producto, y que el proveedor mantendrá estos materiales y piezas en custodia para nosotros.

XIV. Derechos de propiedad

1. El proveedor asume la responsabilidad por las reclamaciones que se deriven de la violación de los derechos de propiedad y de las solicitudes de derechos de propiedad cuando los objetos de suministro se utilicen de acuerdo con lo estipulado en el contrato.

2. El proveedor exime al cliente y a sus compradores de todas las reclamaciones derivadas del uso de dichos derechos de propiedad.

3. Las partes contractuales se comprometen a informarse inmediatamente de los riesgos de violación que se conozcan y a contrarrestar de común acuerdo las presuntas reclamaciones.

4. A petición del cliente, el proveedor comunicará el uso de los derechos de propiedad propios y con licencia publicados y no publicados y de los derechos de explotación de marca del objeto de suministro.

5. Además del derecho de uso del software, que forma parte del suministro del producto, incluida su documentación, en la medida permitida por la ley (§§ 69a y ss. de la ley alemana de derechos de autor UrhG), tenemos el derecho de usarlo con las características de rendimiento acordadas y en la medida necesaria para el uso contractual del producto. A este respecto, también está permitida la realización de copias. También podemos hacer una copia de seguridad sin consentimiento expreso.

XV. Uso de medios de producción y de información confidencial del cliente

Los modelos, matrices, plantillas, muestras, herramientas y otros medios de producción, así como la información confidencial facilitada al proveedor por el cliente o pagada íntegramente por el cliente, solo podrán utilizarse para entregas a terceros con el consentimiento previo por escrito del cliente.

XVI. Ley general sobre la igualdad de trato

El proveedor declara que todos sus empleados que, en el marco del cumplimiento de las obligaciones contractuales existentes o futuras con el cliente, entren en contacto o puedan entrar en contacto con empleados del cliente, están obligados a cumplir con las disposiciones de la ley general sobre la igualdad de trato. Los empleados del proveedor son especialmente conscientes de que está prohibido discriminar, acosar o acosar sexualmente a los empleados del cliente por motivos de raza u origen étnico, sexo, religión o creencia, edad, discapacidad o identidad sexual. En caso de que los empleados del proveedor infrinjan las disposiciones de la ley general de igualdad de trato (AGG) con respecto a los empleados del cliente y, por lo tanto, el cliente sea considerado responsable por sus empleados o por terceros de los daños materiales o inmateriales, el proveedor se compromete a indemnizar internamente al cliente por todas las reclamaciones de daños y perjuicios, incluidos los costes de los procedimientos judiciales.

XVII. Disposiciones generales

1. Si una de las partes contractuales deja de pagar o si se solicita un procedimiento de insolvencia contra su patrimonio o un procedimiento de convenio judicial o extrajudicial, la otra parte tendrá derecho a rescindir el contrato con respecto a la parte incumplida.

2. En caso de que alguna de las disposiciones de las presentes condiciones generales y de cualquier otro acuerdo al que se haya llegado sea o llegue a ser inválido, la validez del resto del contrato no se verá afectada por ello. Las partes contratantes están obligadas a sustituir la disposición inválida por una disposición que se aproxime lo más posible al éxito económico de la disposición inválida.

3. Las relaciones contractuales se rigen exclusivamente por el derecho alemán, con exclusión de las disposiciones sobre conflictos de leyes y de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

4. El lugar de cumplimiento es la sede del cliente. Para la entrega se puede acordar otra cosa.

5. El tribunal competente para todos los litigios que surjan directa o indirectamente de las relaciones contractuales basadas en estas condiciones de compra será el tribunal competente de la sede central del cliente. También tenemos el derecho de demandar al proveedor ante el tribunal de su domicilio social o sede o ante el tribunal del lugar de cumplimiento a nuestra discreción.

11 enero 2023

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Condiciones generales de compra

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Condiciones generales de alquiler de KLEEMANN GmbH

1. Ámbito de validez

1.1 Todas las ofertas de alquiler de objetos de alquiler se rigen exclusivamente por estas Condiciones generales de alquiler. No se reconocen las condiciones del arrendatario que difieran o sean contradictorias a las que se definen aquí. Esto también se aplica si el arrendador entrega el objeto de alquiler sin reservas al arrendatario con el conocimiento de que existen condiciones contradictorias o divergentes de un arrendatario. Las desviaciones de estas condiciones de alquiler solo son válidas si el arrendador las confirma por escrito.

1.2 Estas condiciones de alquiler se aplican también a todas las transacciones futuras del mismo tipo con el mismo arrendatario, sin que sea necesario un acuerdo adicional específico.

1.3 Para los servicios relacionados con el montaje in situ, se aplicarán además las condiciones de reparación y montaje del arrendador.

2. Oferta y celebración del contrato

2.1 Las ofertas del arrendador están siempre sujetas a confirmación, a menos que se indique expresamente lo contrario. Los presupuestos no son vinculantes. A menos que se acuerde lo contrario, las ofertas iniciales o los presupuestos se proporcionan de manera gratuita. El arrendador se reserva el derecho de cobrar una tarifa razonable por otras ofertas o presupuestos, así como por proyectos de diseño cuando no exista un contrato de suministro.

2.2 El contrato de alquiler solo será válido con la confirmación por escrito del arrendador. Cualquier cambio, complemento o acuerdo complementario también requerirá la confirmación por escrito del arrendador.

2.3 Los documentos que forman parte de la oferta como ilustraciones, dibujos, datos sobre el peso y medidas son solo aproximaciones, a menos que estén marcados expresamente como vinculantes.

2.4 El arrendador se reserva todos los derechos de propiedad y de derechos de autor de las ilustraciones, dibujos, presupuestos, cálculos y otros documentos. Estos no deben ponerse a disposición de terceros sin previo consentimiento expreso y por escrito del arrendador. Se deberán devolver inmediatamente al arrendador a petición del mismo

(i) si no existe ningún contrato de alquiler, o

(ii) tan pronto como el contrato de alquiler se haya cumplido por completo.

2.5 En caso de que el arrendador preste el objeto de alquiler (por ejemplo, como equipo de demostración o puenteo), se aplicarán las disposiciones de este contrato de alquiler.

3. Período de alquiler

3.1 A menos que se acuerde lo contrario, el período de alquiler comienza en el momento de la entrega al arrendatario (véase cláusula 8.1). Si las partes contractuales no han acordado ninguna fecha final, el arrendatario y el arrendador acordarán un período de alquiler básico que se calculará sobre la base de los días, semanas o meses a partir de la entrega o de la fecha acordada. A menos que se llegue a un acuerdo, el período de alquiler básico es de un mes.

3.2 En caso de que el objeto de alquiler no se devuelva al arrendador al final del período de alquiler básico, el contrato de alquiler se prorrogará automáticamente por un período correspondiente al período de alquiler básico, a menos que este contrato se rescinda con tiempo suficiente antes de que finalice el período de alquiler básico o uno de los períodos de alquiler ampliados posteriores. La rescisión se efectuará a tiempo siempre y cuando el arrendador la reciba antes de tres días laborables, en caso de que período de alquiler básico se mida en días; antes de una semana, en caso de que se mida en semanas; y antes de un mes, en caso de que se mida en meses.

3.3 La rescisión se realizará por escrito y sin tener que exponer los motivos.

3.4 Una vez finalizada la relación de alquiler, el arrendatario deberá devolver inmediatamente el objeto de alquiler en un estado adecuado, es decir, especialmente limpio y completo. Se devolverá en su totalidad, es decir, con todos los accesorios y equipos suministrados, limpio y sin daños.

3.5 Los defectos y daños del objeto de alquiler que excedan el desgaste normal, y/o que se deban a un uso indebido, correrán a cargo del arrendatario.

3.6 Si el arrendatario continúa utilizando el objeto de alquiler después de haber finalizado el contrato por rescisión, el contrato de alquiler no se considerará prorrogado. No se aplicará una prórroga tácita del contrato de alquiler. Si el arrendatario no devuelve el objeto de alquiler una vez finalizada la relación de alquiler, el arrendador podrá exigir el alquiler acordado o, en caso contrario, un alquiler local habitual como compensación por la duración de la retención. El arrendatario renuncia desde este momento —por cualquier razón— a un derecho de retención.

3.7 En caso de demora en el pago por parte del arrendatario, el arrendador tendrá derecho a reclamar intereses de demora. El tipo de interés de demora para el año asciende a ocho () puntos porcentuales por encima del tipo básico. El tipo de interés básico cambia el 1 de enero y el 1 de julio de cada año en los puntos porcentuales en los que el tipo de referencia ha aumentado o disminuido desde la última modificación del tipo de interés básico. La base de referencia es el tipo de interés de la operación principal de refinanciación más reciente del Banco Central Europeo antes del primer día natural del semestre correspondiente. Si el arrendador demuestra un daño mayor causado por el retraso, puede hacer valer esta reclamación. No obstante, el arrendatario tiene derecho a demostrar que los daños ocasionados por la demora del pago fueron menores.

3.8 Si el arrendador tiene conocimiento de circunstancias que pongan en duda la solvencia del arrendatario, todas las reclamaciones aplazadas serán pagaderas inmediatamente. En este caso, el arrendador podrá también solicitar el pago por adelantado o la constitución de una garantía.

4. Alquiler y pago del alquiler

4.1 El alquiler se calcula según el período de alquiler básico acordado (cláusula 3.1) sobre la base de días, semanas o meses. El alquiler se calculará sobre la base de las horas de trabajo mensuales normales, es decir, un máximo de 8 horas de trabajo al día. Si, sobre esta base, se supera el período de uso calculado previsiblemente o realmente en más del 5 %, el arrendador puede ajustar el alquiler de acuerdo con el período de uso previsto o real. El arrendatario debe informar al arrendador inmediatamente sobre la utilización adicional esperada o real del objeto de alquiler.

4.2 El precio del alquiler no incluye el impuesto sobre el valor añadido legal. Las partes contractuales se esforzarán por evitar gastos innecesarios e infracciones de la normativa fiscal y aduanera. Por esta razón, el arrendatario está obligado a proporcionar toda la información necesaria si fuera necesario. En cualquier caso, debe garantizarse que el arrendador recibe el alquiler completo sin deducción. Las tasas, impuesto o tributos correrán a cargo del arrendatario.

4.3 El alquiler no incluye el desgaste de las piezas de desgaste. El arrendador tiene derecho a cobrar al arrendatario los costes de desgaste de acuerdo con su uso.

Los datos de desgaste estipulados en las listas de comprobación o en protocolos comparables son la base para el cálculo de los costes del desgaste de las piezas de desgaste. Los costes se calculan como un porcentaje en función del precio de venta actual de las piezas de desgaste correspondientes, más el tiempo de trabajo aplicable. El arrendatario corre con los demás costes del funcionamiento y reparación del objeto de alquiler durante el período de alquiler.

4.4 El arrendador emitirá facturas por el alquiler. El arrendador tiene derecho a emitir facturas parciales durante el período de alquiler básico. En caso de un período de alquiler básico que se mide por días o semanas, el arrendador tiene derecho a facturar en tramos semanales. Si el período de alquiler básico se mide en períodos semanales o mensuales, el arrendador puede emitir facturas parciales en intervalos mensuales. El importe de facturación de las facturas parciales se determina pro rata temporis.

4.5 El arrendador tiene derecho a exigir pagos por adelantado. Si el arrendador exige para el período de alquiler básico un pago por adelantado antes de la entrega del objeto de alquiler, puede negarse a entregar el objeto de alquiler hasta que el arrendador haya recibido el pago por adelantado.

4.6 El alquiler se debe pagar a más tardar 8 días después de la fecha de la factura sin deducción.

4.7 El arrendatario no tiene derecho a compensación, retención o reducción del alquiler, a menos que sus contrademandas no sean impugnadas por el arrendador o hayan sido establecidas por sentencia firme e inapelable. Lo mismo se aplicará en caso de reclamación de la responsabilidad de garantía.

4.8 El arrendatario asume todas las tasas, contribuciones e impuestos de derecho público que se apliquen durante la vigencia del contrato sobre la base del alquiler, posesión o uso. Esto también sea plica a las inspecciones ordenadas por las autoridades. En caso de que se presente una reclamación contra el arrendador o de que el arrendador tenga que hacer pagos por adelantado, el arrendatario está obligado a reembolsar los costes al arrendador.

4.9 Los retrasos en la entrega del objeto de alquiler debido a causas de fuerza mayor u otros acontecimientos que obstaculicen o impidan sustancialmente la entrega por parte del arrendador, tales como guerras, ataques terroristas, restricciones a la importación y exportación, huelgas, cierres patronales u órdenes de las autoridades, incluso si afectan a los proveedores o subproveedores del arrendador, no darán derecho al arrendatario a rescindir el contrato de alquiler a menos que se acuerde lo contrario. En la medida de lo posible, el arrendador informará al cliente sobre el inicio, el final y la duración prevista de las circunstancias antes mencionadas.

4.10 El arrendador no entra en demora si proporciona al arrendatario una sustitución, en cumplimiento de las fechas de entrega contractuales para el período hasta la entrega del objeto de entrega real, siempre que dicha sustitución cumpla con los requisitos técnicos y funcionales del arrendatario en todos los aspectos fundamentales, y que el arrendador asuma todos los costes en los que se haya incurrido para proporcionar la sustitución.

4.11 Si el arrendador se encuentra en mora, incluso después de un período de gracia razonable, y el arrendatario sufre algún daño como consecuencia de ello, el arrendatario tendrá derecho a solicitar una indemnización global por demora. Dicha indemnización ascenderá al 0,5 % por cada semana completa de retraso. Sin embargo, en total un máximo del 5 % del valor de la parte correspondiente de la entrega total que no pueda ser utilizada a tiempo o de conformidad con el contrato como consecuencia de la demora. Se excluye cualquier otro derecho a indemnización por daños y perjuicios por demora.

5. Obligaciones del arrendatario

5.1 El arrendatario está obligado a

  • proteger el objeto de alquiler alquilado contra sobrecargas de cualquier forma y asegurar su uso correcto, en particular por parte de personal especializado capacitado;
  • encargar el mantenimiento y conservación del objeto de alquiler a su propio coste y en intervalos regulares al arrendador o a un tercero encargado por el arrendador;
  • seguir las instrucciones de mantenimiento, conservación y uso del arrendador y/o del fabricante del objeto de alquiler;
  • llevar a cabo inspecciones en intervalos regulares de acuerdo con las especificaciones habituales de la fábrica (por ejemplo, en un libro de revisiones de servicio) a su propio coste en las instalaciones del arrendador o de un tercero encargado por el arrendador;
  • encargar al arrendador o a un tercero autorizado por él la realización de los trabajos de reparación necesarios para la puesta en marcha del objeto de alquiler durante el período de alquiler de forma adecuada y profesional y utilizando piezas de repuesto originales a su propio coste —esta disposición se aplica en consecuencia a las piezas de desgaste— y a
  • observar y cumplir todas las disposiciones legales y administrativas relacionadas con las posesión, uso y conservación del objeto de alquiler.

El arrendatario indemnizará al arrendador por las reclamaciones de terceros derivadas del incumplimiento culposo de estas obligaciones.

5.2 El arrendatario debe conceder al arrendador o a su representante, bajo petición, el acceso al objeto de alquiler en cualquier momento durante el horario laboral normal, con el fin de comprobar el uso y la disponibilidad operativa del objeto de alquiler. Los gastos relacionados directa o indirectamente con ello correrán a cargo de cada una de las partes.

6. Subarrendamiento

6.1 El arrendatario puede subarrendar el objeto de alquiler a un tercero, ceder derechos de este contrato o conceder derechos de cualquier tipo sobre el objeto de alquiler únicamente previa autorización por escrito del arrendador.

6.2 El arrendatario se debe responsabilizar de la culpa de un tercero a quien haya confiado el uso del objeto de alquiler o la hará valer contra sí.

6.3 El subarrendatario debe ser informado de que solo puede adquirir el objeto de alquiler con el consentimiento del propietario (arrendador). Con la firma del contrato de subarrendamiento, el subarrendatario confirma por escrito al arrendador su conocimiento sobre la estructura de propiedad y el requisito del consentimiento del arrendador en caso de que se pretenda adquirir el objeto de alquiler. El arrendatario notificará inmediatamente al arrendador la rescisión del contrato de subarrendamiento.

7. Embargo del objeto de alquiler, entre otros

7.1 En caso de órdenes de las autoridades, confiscaciones, embargos, etc., independientemente de si se producen a instancias de una autoridad o de un particular, el arrendatario debe informar inmediatamente al arrendador de la situación de la propiedad oralmente y por escrito y entregarle todos los documentos necesarios.

7.2 El arrendatario deberá informar inmediatamente al arrendador si se ha solicitado la subasta y administración forzosa de los bienes en los que se encuentra el objeto de alquiler.

7.3 El arrendatario correrá con los gastos de todas las medidas adoptadas para remediar tales intervenciones.

8. Transferencia de riesgo

8.1 La entrega tiene lugar el día del acuerdo contractual o el día de la entrega efectiva, lo que ocurra primero. En el momento de la entrega de la máquina, se debe elaborar una lista de comprobación del estado o un registro de la transferencia para determinar el estado de la máquina. El arrendatario se compromete a colaborar en su elaboración con motivo de la transferencia. A tal fin, él o un empleado encargado por él o un tercero estará presente en la entrega. Si esto no sucede, la máquina se considerará entregada tal y como ha sido registrada por el arrendador.

8.2 En el momento de la entrega del objeto de alquiler, el riesgo de pérdida y deterioro del objeto de alquiler pasará al arrendatario. La entrega queda cumplida igualmente cuando el arrendatario se encuentra en demora de aceptación según el artículo 293 del Código civil alemán (BGB).

El lugar de entrega (lugar de cumplimiento) será siempre el local del arrendatario, independientemente de si el objeto de alquiler es enviado por el arrendador, entregado por el arrendador o por un tercero encargado por el arrendador a los locales del arrendatario o al lugar de uso del arrendatario o recogido por el propio arrendatario o por un tercero encargado por el arrendatario.

Las instalaciones comerciales del arrendatario se considerarán las mismas aunque el objeto de alquiler se encuentre en otro lugar antes del inicio del alquiler o del traslado (por ejemplo, en la empresa o en el lugar de uso de un arrendatario anterior o del fabricante) y si es enviado o transportado desde allí por el arrendador o una empresa asociada o por un tercero encargado por ellos hasta el arrendatario para su uso, o si el arrendatario o un tercero encargado por él recoge el objeto de alquiler en dicho lugar.

8.3 El arrendatario asumirá los costes de los trabajos de puesta en marcha y mantenimiento derivados de cualquier daño que se produzca después de la transferencia del riesgo al arrendatario. Esto también se aplica en caso de robo u otra pérdida, así como en caso de destrucción o deterioro significativo que haga que la reparación sea poco rentable. En este caso, el arrendatario deberá pagar al arrendador una indemnización por el importe del valor actual del objeto de alquiler que ha perdido.

8.4 El arrendatario dejará de asumir el riesgo tan pronto como la máquina haya sido devuelta a las instalaciones del arrendador debido a o después de la finalización de este contrato (fecha de la devolución real).

Para la devolución, el lugar de entrega son también las instalaciones comerciales del arrendador, independientemente de si el objeto de alquiler es enviado, llevado al local del arrendador por el arrendatario o por un tercero encargado por el arrendatario o recogido por el propio arrendador o por un tercero encargado por este último.

Las instalaciones comerciales del arrendatario se considerarán las mismas, si el arrendatario envía o traslada el objeto de alquiler a otro lugar (por ejemplo, al lugar de uso de un subarrendatario o a un comprador) previa orden del arrendador, o si el objeto de alquiler es recogido por el arrendador o un tercero encargado por este último al arrendatario y llevada a un lugar distinto de las instalaciones comerciales.

8.5 Si el envío se retrasa o se omite debido a circunstancias no imputables al arrendador, el riesgo pasará al arrendatario a partir del día de la notificación de la disponibilidad para el envío o aceptación.

8.6 Si el arrendatario se retrasa en la entrega o incumple cualquier otra obligación de colaboración, el arrendador tendrá derecho a solicitar una indemnización por los daños sufridos, incluidos los gastos adicionales, en particular, los ocasionados por la aceptación tardía de la entrega.

9. Responsabilidad del arrendatario

9.1 El arrendatario es responsable del riesgo funcional derivado del objeto de alquiler.

9.2 Si terceros reclaman daños y perjuicios al arrendador o a una empresa afiliada al arrendador por daños personales o materiales, independientemente del motivo legal, en base al riesgo operativo asociado al objeto alquilado, el arrendatario deberá indemnizar al arrendador en el marco de su relación interna contra todas estas reclamaciones y costes.

9.3 En caso de producirse un caso de daños de cualquier tipo, el arrendatario está obligado a informar inmediatamente al arrendador sobre el curso de los acontecimientos, el alcance y las partes implicadas y a poner a su disposición toda la información necesaria.

10. Responsabilidad por defectos y daños del arrendador

Por todas las reclamaciones por daños y perjuicios del arrendatario que no están reguladas en el presente contrato —independientemente de la base jurídica subyacente—, en particular de la indemnización por daños que no se hayan producido en el propio objeto de alquiler, el arrendador solo será responsable

  • en caso de dolo,
  • en caso de negligencia grave por parte del órgano social o los empleados ejecutivos del arrendador,
  • en caso de lesión culpable de daños corporales y de vida, salud,
  • en caso de defectos que el arrendador haya ocultado fraudulentamente o cuya ausencia haya garantizado como parte de una garantía independiente,
  • en caso de defectos en el objeto de alquiler, en la medida en que la Ley de Responsabilidad por Productos defectuosos asuma la responsabilidad por daños personales y materiales en objetos de uso privado.

En caso de incumplimiento culposo de las obligaciones contractuales esenciales, el arrendador también será responsable de la negligencia grave de los empleados no ejecutivos y de la negligencia leve, aunque en este último caso la responsabilidad se limitará a los daños típicos y razonablemente previsibles.

Quedan excluidas todas las demás reclamaciones, en particular la responsabilidad por daños consecuentes

11 Seguro de responsabilidad civil para maquinaria y empresas

11.1 Se deben asegurar el objeto de alquiler y su funcionamiento.

11.2 El seguro de la maquinaria se puede concertar con el arrendatario o con el arrendador.

En caso de que las partes contractuales acuerden que el arrendatario contrate el seguro de la maquinaria, o si las partes contractuales no han llegado a un acuerdo, el arrendatario está obligado a contratar un seguro de la maquinaria (incluido el riesgo de transporte) al valor de reposición, incluidos todos los costes accesorios a favor del arrendador, durante el período de alquiler o durante el período del traspaso, contra todos los riesgos, incluidos los riesgos de incendio, riesgos naturales, vandalismo, robo, transporte, etc.

El arrendatario cede al arrendador sus derechos presentes y futuros y las reclamaciones de contra el seguro de la maquinaria de los seguros en los que ha asumido la carga del seguro. El arrendador acepta la cesión.

El seguro del arrendador debe contener las siguientes disposiciones que el asegurador debe cumplir:

  • El tomador del seguro/arrendatario no está autorizado a disponer en su nombre de los derechos que corresponden al arrendador en virtud del contrato de seguro. El arrendador es el único que tiene el derecho a disponer de estos derechos, en particular, la aceptación de una indemnización, incluso si no está en posesión de la póliza del seguro.
  • El tomador del seguro no podrá cancelar el seguro, reducir su importe y deberá mantenerlo sin cambios hasta que el arrendador no haya consentido por escrito un procedimiento diferente y el tomador del seguro haya presentado esta declaración de consentimiento al asegurador, lo que deberá hacerse con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento para que sea válido. El arrendador tiene derecho, pero no está obligado, a pagar el importe del seguro adeudado.

11.3 Para el seguro de responsabilidad civil para empresas se aplica lo siguiente:

El arrendatario se compromete en cualquier caso a asegurar a su costa el riesgo operacional derivado del objeto de alquiler (seguro de responsabilidad civil).

11.4 Antes de la entrega del objeto de alquiler, el arrendatario deberá demostrar, mediante la presentación de uno o varios certificados de seguro adecuados, que el objeto de alquiler está cubierto por un seguro de responsabilidad civil durante el período de vigencia del contrato de alquiler y que, en caso de que el arrendatario se haya comprometido a contratar un seguro de máquinas, está cubierto por un seguro de máquinas. El certificado o certificados de seguro exigidos deben contener todos los detalles necesarios sobre el tipo, alcance y duración del seguro respectivo.

La falta de presentación de los certificados de los seguros o presentar certificados de los seguros incompletos en el momento de la entrega del objeto de alquiler da derecho al arrendador a conservar el objeto de alquiler hasta que se hayan presentado los certificados necesarios. Si el arrendador no ejerce su derecho de retención, el arrendatario deberá presentar al arrendador el/los certificado/s del seguro necesario/s sin demora y a más tardar 10 días hábiles después de la entrega del objeto de alquiler. Si no se presenta/n el/los certificado/s del seguro, el arrendador tiene derecho a contratar el seguro necesario a costas del arrendatario. Hasta la presentación del certificado del seguro o la contratación de las pólizas de seguro requeridas por el arrendador a costas del arrendatario —supeditado a la cláusula 10 de estas condiciones de alquiler—, el arrendatario es responsable de todos los daños, incluidos, entre otros, los daños consecuentes, por la razón que sea, que estén relacionados con la falta de cobertura del seguro acordada aquí.

En caso de retención, el arrendador tiene derecho a solicitar el alquiler acordado al comienzo del período de alquiler.

11.5 Las posibles franquicias derivadas de las pólizas de seguro correspondientes correrán a cargo del arrendatario en caso de siniestro, independientemente de que el seguro haya sido contratado por el arrendatario o por el arrendador.

11.6 Si el objeto de alquiler ha sido objeto de un acto delictivo (robo, también de piezas de repuesto, malversación, daños materiales, etc.), el arrendatario deberá presentar inmediatamente una denuncia ante la autoridad competente (fiscalía, policía) e informar inmediatamente al arrendador. Si la devolución del objeto de alquiler es imposible debido al acto criminal (especialmente, en caso de robo o malversación), y si no existe cobertura de seguro total o parcial —por cualquier razón—, el arrendatario también será responsable aunque no tenga culpa y reembolsará al arrendador el valor justo del objeto de alquiler en el momento del robo o la malversación. El valor actual será el valor del objeto de alquiler que el arrendador deberá gastar para comprar un objeto equivalente.

12. Rescisión sin previo aviso

El arrendador tiene derecho a rescindir el contrato sin previo aviso si

  • el arrendatario incurre en mora en el pago de un alquiler o de cualquier otro pago especialmente acordado, total o parcialmente, durante más de cinco días bancarios;
  • el arrendatario no cumple las obligaciones establecidas en la cláusula 5,
  • el arrendatario subarrende la máquina a un tercero sin el consentimiento previo por escrito del arrendador (cláusula 6);
  • el arrendatario cede los derechos de este contrato a un tercero u otorga derechos a terceros sobre el objeto de alquiler, sin el permiso del arrendador;
  • el arrendatario modifica la máquina en el sentido de la cláusula 13 sin el consentimiento del arrendador;
  • se den a conocer circunstancias esenciales que pongan en tela de juicio la capacidad del arrendatario para cumplir el contrato de alquiler como la suspensión de pagos, protesto, medidas de ejecución o insolvencia.

13. Modificaciones en el objeto de alquiler

Las modificaciones del aparato, en particular el montaje, la instalación y el desmontaje de piezas, no deben realizarse sin el consentimiento del arrendador. Si se han efectuado cambios con el consentimiento del arrendador, el arrendatario deberá, a su propio costo, restaurar el objeto contractual a su condición original al terminar el contrato de alquiler.

14. Prescripción

Todas las reclamaciones del arrendatario —por cualquier motivo—, prescriben al cabo de doce meses. Para las reclamaciones por daños y perjuicios de acuerdo con la cláusula 10, se aplicarán los plazos estipulados legalmente.

15. Derechos sobre el software/protección de datos

15.1 En la medida en que el software esté incluido en el objeto de alquiler, se concede al arrendatario un derecho no exclusivo de utilizar el software suministrado, incluida su documentación, para su uso en el objeto de alquiler destinado a este fin. Está prohibido utilizar el software en más de un sistema.

15.2 El arrendatario solo podrá reproducir, revisar o traducir el software o convertir el código objeto en el código fuente en la medida en que lo permita la ley. El arrendatario se compromete a no eliminar los datos del fabricante, en especial, los avisos de derechos de autor, ni a modificarlos sin el consentimiento previo y expreso del arrendador.

15.3 Todos los demás derechos sobre el software y la documentación, incluidas las copias, permanecerán en poder del arrendador o del proveedor del software. No está permitida la concesión de sublicencias ni la transmisión a terceros de ninguna otra forma.

15.4 El arrendador no asume ninguna responsabilidad por el software instalado o que se instale en el futuro (tanto como actualización o mejora) si el arrendatario utiliza el software de forma inadecuada. En particular, existe una aplicación o utilización inadecuada del software cuando el arrendatario o un tercero

  • elimina o modifica los parámetros del objeto de alquiler sin el consentimiento por escrito del arrendador, de forma que la funcionalidad del objeto de alquiler puede verse afectada;
  • instala un software (tanto como actualización o mejora) que no esté autorizado por el arrendador para el tipo de máquina correspondiente que el arrendatario haya adquirido;
  • instala un software con el motor en marcha (también actualización o mejora) que autorizado por el arrendador para el tipo de máquina comprada y no observa el objeto de alquiler durante todo el proceso de instalación, actualización o mejora ni comprueba continuamente su comportamiento ni mantiene a las personas a distancia.

15.5 El arrendador está autorizado a equipar el objeto de alquiler con Fleet View y sistemas similares (por ejemplo, WITOS, etc.). Los datos de la máquina (por ejemplo, sobre el funcionamiento actual, tiempos de descanso, etc.) se almacenan y se transmiten al arrendador. El arrendador tiene derecho a evaluar los datos gratuitamente, procesarlos y utilizarlos sin restricciones para fines internos, siempre que el arrendatario no se oponga expresamente a ello. Los datos pueden ser transmitidos a terceros, por ejemplo, para fines de referencia y comparación, si se hace de forma anónima o si el arrendatario acepta expresamente la transmisión de los datos previa solicitud.

15.6 En el caso de que se almacenen datos personales durante una instalación, actualización o mejora, se aplicará lo siguiente:

El arrendador garantiza el cumplimiento de la normativa de protección de datos. En particular, en la medida en que sea necesario para la instalación del software, los datos personales revelados no se transmitirán a terceros, sino que se procesarán y utilizarán exclusivamente de forma interna con el fin de cumplir el contrato. Estos datos se eliminarán cuando ya no sean necesarios. En caso de que la eliminación entre en conflicto con los plazos de conservación legales, la eliminación se sustituirá por un bloqueo de conformidad con las disposiciones legales pertinentes.

En la medida en que sea necesario en virtud de las disposiciones de la ley de protección de datos, el arrendatario deberá obtener las declaraciones de consentimiento por escrito necesarias de la parte cuyos datos personales se requieran para cumplir el contrato antes de la celebración del contrato respectivo.

16. Derechos de propiedad de terceros

16.1 El arrendador solo asume responsabilidad por las violaciones de los derechos de terceros a través del uso del arrendatario siempre y cuando el objeto de alquiler se utilice de acuerdo con lo estipulado en el contrato o para el fin previsto.

16.2 Si un tercero afirma al arrendatario que el uso del objeto de alquiler viola sus derechos, el arrendatario deberá notificárselo inmediatamente al arrendador. El arrendador tiene derecho, pero no está obligado, a defender las reclamaciones realizadas por su propia cuenta en la medida en que esté permitido. El arrendatario no tiene derecho a reconocer las reclamaciones de terceros antes de haberle dado al arrendador una oportunidad razonable para defender los derechos de terceros de otro modo.

16.3 La cláusula 10 se aplica como complemento a las reclamaciones por daños y perjuicios y al reembolso de gastos.

17. Control de exportaciones

17.1 La entrega del objeto alquilado fuera del país en el que el arrendador tiene su domicilio social está sujeta a la condición de que no existan obstáculos para la transferencia de uso debido a regulaciones nacionales o internacionales de control de exportaciones, tales como embargos u otras sanciones. El arrendatario se compromete a facilitar toda la información y documentación necesarias para la exportación o envío. Los retrasos debidos a las inspecciones de exportación o procedimientos de aprobación anulan los plazos de entrega acordados. Si no se conceden los permisos necesarios o si la transferencia de uso no puede ser aprobada, se considerará que el contrato no se ha celebrado en lo que respecta a las partes afectadas.

17.2 El arrendador tiene derecho a rescindir el contrato sin previo aviso, si la rescisión por parte del arrendador es necesaria para el cumplimiento de las disposiciones legales nacionales e internacionales.

17.3 En caso de rescisión según la cláusula 17.2, se excluirá la reclamación por daños y perjuicios o la reclamación de otros derechos por parte del arrendatario a causa de la rescisión.

17.4 El arrendatario no tiene derecho a utilizar el objeto alquilado en el extranjero ni a subarrendarlo si esto entra en conflicto con la legislación nacional e internacional de control de exportaciones.

18. Ley aplicable, lugar de jurisdicción, cláusula de salvedad

18.1 La relación contractual entre el arrendador y el arrendatario se rige exclusivamente por la legislación del país en el que el arrendador tenga su sede.

18.2 El lugar de jurisdicción para todos los litigios derivados de la relación contractual entre el arrendador y el arrendatario, incluidas las reclamaciones derivadas de letras de cambio o cheques, será el tribunal competente de la sede principal del arrendador. Sin embargo, el arrendador está autorizado a demandar, a su discreción, al arrendatario en su lugar de jurisdicción general.

18.3 En caso de que una o varias disposiciones o partes de una disposición de estas condiciones de alquiler sean o lleguen a ser inválidas, esto no afectará a la validez de las demás disposiciones. El arrendatario y el arrendador se comprometen a sustituir las disposiciones ineficaces o parciales por disposiciones que sean legalmente admisibles y que mejor se correspondan económicamente con la disposición original. Lo mismo se aplica en el caso de disposiciones incompletas.

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Condiciones generales de alquiler

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